20Junio 2023. La jubilaci贸n es una pensi贸n vitalicia que se les reconoce a las personas trabajadoras cuando, alcanzada la edad establecida, cesen o hayan cesado en el trabajo por cuenta ajena y cumplan una serie de requisitos. Con la entrada en vigor del Real Decreto 1058/2022, de 27 de diciembre se incrementaron las pensiones.
As铆las cosas, el art铆culo 49.1g del Estatuto de los Trabajadores autoriza la extinci贸n del contrato de trabajo por muerte, incapacidad y jubilaci贸n del empresario, siempre y cuando nadie contin煤e con la empresa. En este caso, el trabajador tendr铆a derecho 煤nicamente a un mes de indemnizaci贸n, independientemente de los a帽os que4陋 La muerte, jubilaci贸n o incapacidad del empresario individual, sin perjuicio de lo dispuesto en el art铆culo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, o la extinci贸n de la personalidad jur铆dica del contratante. 5.陋 La extinci贸n del contrato de trabajo motivada por la existencia de fuerza
Durantela realizaci贸n del trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, compatible con la pensi贸n de jubilaci贸n, los empresarios y los trabajadores cotizar谩n a la Seguridad Social 煤nicamente por incapacidad temporal y por contingencias profesionales, seg煤n la normativa reguladora del r茅gimen del sistema de la Seguridad Social correspondiente, si bien LccVS.